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ACTUALIZACIÓN EN
AUTORRETENCIONES
Y RETENCIONES
EN LA FUENTE

Decreto 0572 de Mayo 28/2025

Opción 1:
Martes 1 y Miércoles 2 de Julio

(1:30 a 6:00 pm)

Opción 2:
Jueves 17 y Viernes 18 de Julio
de 2025

(8:00 am a 12:30 pm)

JUSTIFICACIÓN

Por el impacto grande en los flujos de caja de las empresas contribuyentes del impuesto de renta y por el volumen de retenciones que se van a practicar más las consecuencias en las autorretenciones del CREE se vuelve indispensable repasar y actualizar la teoría y práctica de los variados aspectos de las retenciones en la fuente, que al ser practicadas por el pagador cobija también a no contribuyentes y a contribuyentes del régimen especial.


CONTENIDO

  1. Constitucionalidad del Decreto 572 de 2025 que presenta varias demandas en contra.
  2. Noción del pago o abono en cuenta para varios aspectos que trajo el D. 572 de 2025.
  3. Pagos de operaciones que corresponden a una misma fecha en retención del impuesto de renta y en otros casos del IVA y los abonos en cuenta en fechas distintas.
  4. Importante precisión del Art. 2053 del Código Civil para distinguir las compras de los servicios a fin de evitar errores en la retención del D. 572 de 2025 que también incide en las retenciones del ICA.
  5. Retenciones en la fuente por compra de bienes cuando hay fletes, financiación seguros y otros conceptos dentro de la base de retención.
  6. Tratamiento de la base de retención en la fuente al incorporar a los servicios diversos elementos como intereses, etc.
  7. Documento soporte de la Resolución 165 de 2023 en compras de bienes o servicios del D. 572/25 de cara a las bases reducidas. Aspectos prácticos.
  8. Incidencia del D. 572 en los rendimientos financieros de los CDAT de cooperativas y fondos de empleados.
  9. Efecto en las bases de la autorretención general del impuesto de renta y en las bases del impuesto de industria y comercio y en las bases de la retención del IVA.
  10. Casos de compras de café cereza o pergamino y su diferencia cuando se compra café pergamino tipo federación.
  11. Ejercicios de varias transacciones en compra de productos agrícolas.
  12. Diferencia entre productos sin procesamiento industrial y productos con transformación industrial primaria.
  13. Pagos o abonos en cuenta por transacciones de bienes o productos de origen agrícola, pecuario y/o pesquero, sin procesamiento industrial o con transformación industrial primaria, que se realicen a través de las bolsas de productos agropecuarios no sometidos a retención como posibilidad para que no se practique la retención.
  14. Retención en la fuente en la compra de oro por las sociedades de comercialización internacional.
  15. Retención en la adquisición de bienes raíces.
  16. Casos de retención por emolumentos eclesiásticos.
  17. Estudio de varios casos de retención exagerada en autorretenciones que reemplazaron el impuesto del CREE en moteles, hoteles, empresas industriales, empresas comerciales, IPS, etc.
  18. Clasificación de Actividades Económicas CIIU Revisión Rev. 4 A.C. 2020 del DANE adoptada por la DIAN mediante la Resolución 000114 del veintiuno (21) de diciembre de 2020, o la que la modifique, adicione o sustituya en cuanto a las actividades económicas para la autorretención del CREE.
  19. Casos en que no es obligatoria la autorretención del CREE.
  20. Casos en los que no obligatoria la autorretención general del impuesto de renta.
  21. Contratos de mandato en el Decreto 572 de 2025.
  22. Autorretención en las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta del orden Departamental, Municipal y Distrital, en las cuales la participación del Estado sea superior al 90% que ejerzan los monopolios de suerte y azar y empresas editoriales.
  23. Nuevos requisitos para calificar como autorretenedores del impuesto de renta distinto
    al CREE.
  24. Tabla de bases mínimas para la práctica de la retención en la fuente con ocasión del D. 572 de 2025 y su consecuencia en la exógena tanto nacional como municipal.
  25. Sentencia del Consejo de Estado para la retención en la fuente para el transporte de carga cuando corresponde a servicios personales.
  26. DIAN, Concepto 1149-10222, dic. 10/2024. Retención en la fuente por las entidades ejecutoras del Presupuesto General de la Nación por caja y no por abono en cuenta.
  27. Consejo de Estado Sent. ago. 22/2024, Rad. 17001-23-33-000-2021-00193-01. Exp. 28093. La deducción del pago de comisiones a México en virtud del CDI no se encuentra sujeta a retención, ni tampoco al límite de deducción del 15% de la renta líquida del artículo 122 del E.T. Tratamiento del IVA teórico29.
  28. Casos de afectación del ICA en varios municipios por reducción de las bases.
  29. Retenciones del IVA en cuanto a compras a terceros en contratos de construcción o confección de obra material sobre bien inmueble.
  30. Casos en los cuales no hay retención.
  31. Retención en los convenios en transacciones distintas a los contratos.
  32. Caso especial en el que se debe practicar retención al régimen simple.
  33. Autorretención en transacciones con personas del extranjero.
  34. Retención en las donaciones.
  35. Retención a independientes con y sin las bases nuevas.
  36. Taller de retenciones en la fuente y de la autorretención general y la retención especial del CREE.

JAIRO CASANOVA MUÑOZ

Contador Público, con Especializaciones en Derecho Constitucional, Gerencia Tributaria, Revisoría Fiscal y Gerencia de Seguros. Ex Director de Postgrados de Derecho Tributario y Revisoría Fiscal en la Universidad Libre. Profesor de Impuesto de Renta y Retención en la Fuente a nivel de postgrados en diversas universidades. Se desempeñó como Director de Contabilidad e Impuestos en varias empresas. Autor de la obra “Hermenéutica Jurídica Tributaria”. Miembro de Junta Directiva en diversas organizaciones. Asesor de impuestos en empresas nacionales y multinacionales. Conferencista frecuentemente invitado a disertar en foros y congresos. Experto en el manejo integrado de temas tributarios, contables laborales y de seguridad social.

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