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LLa DIAN expidió en el año 2008 las Resoluciones 3841,
3842, 3843, 3844, 3845, 3846, 3847, 3848 y 7612 mediante las cuales
reglamentó la manera en que se debe presentar la Información
Tributaria en Medios Magnéticos y Electrónicos correspondiente
al año gravable 2008. Esta nueva reglamentación contiene
tantos y tan importantes cambios, que se hace necesario y urgente para
los responsables de este tema en las organizaciones una completa actualización
y un nuevo aprendizaje sobre la materia.
Con estas nueve Resoluciones se configura toda una nueva manera de preparar
y transmitir por vía electrónica la información
exógena, y se producen sustanciales novedades, tanto en la parte
técnica como en la correspondiente a la información a
presentar. Entre tales aspectos caben destacarse, por ejemplo, los relativos
a que aparecen nuevas versiones de los formatos, nuevos conceptos, nuevos
y más bajos topes que amplían enormemente la cantidad
de informados y de informantes, se recortan y unifican los plazos de
entrega los cuales empezarán el 24 de Marzo de 2009, se solicitan
todas las retenciones en la fuente, tanto practicadas como asumidas
a título de renta, impuesto sobre las ventas y timbre, se modifica
la forma de presentar los valores de los socios y accionistas, se informan
por primera vez los comuneros o cooperados, se define que el tope para
quedar obligado a presentar todos los formatos dependerá únicamente
de los ingresos brutos
(al menos $1.100 millones a 31 de diciembre del año gravable
2007), lo que significa que prácticamente se duplica el número
de obligados a informar respecto del año gravable anterior, y
se ordena informar varios literales del artículo 631 del Estatuto
Tributario que antes no se presentaban. Lo anterior, para mencionar
sólo una muestra de los abundantes cambios que trae la nueva
reglamentación. Vale la pena indicar que la sanción máxima
para el año gravable 2008 por no presentar la información
o por presentarla en forma extemporánea o con errores, asciende
a $330.810.000.
Bajo la conducción académica del doctor Andrés
Hernández, primer experto nacional en esta materia, Experiencia
Corporativa Internacional - PRÁCTICA, ha programado en las principales
ciudades del país el presente seminario taller, con el propósito
de brindar a todos los obligados la oportunidad de prepararse con la
debida anticipación para implementar los numerosos cambios que
ordena la nueva reglamentación y poder así cumplir a cabalidad
con esta obligación tributaria y no exponerse a onerosas sanciones.
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¡ESTAS SON
ALGUNAS DE LAS MULTIPLES NOVEDADES
PARA EL AÑO GRAVABLE 2.008
- Se amplía
el número de obligados a informar, hay nuevos conceptos en
los formatos y nuevas especificaciones técnicas.
- Entran nuevos
obligados a informar datos del artículo 631 del Estatuto Tributario:
aquellos contribuyentes y no contribuyentes con ingresos brutos por
el año gravable 2007 superiores a $1.100 millones. Así
mismo todos los grandes contribuyentes, todos los agentes retenedores,
todos los mandatarios, todos los contratistas, todos los operadores
en contratos de asociación, todos los consorcios o uniones
temporales, todas las fiduciarias y todas las entidades públicas.
- Nuevo tope para
informar pagos efectuados a terceros: $500.000. Antes era $1.000.000.
- Nuevo tope para
informar discriminadamente los ingresos recibidos de cada cliente:
$1.000.000. Antes era $5.000.000.
- Cambios en el
procedimiento previo a la presentación de información
exógena, a través de los servicios informáticos
de la DIAN.
- Por primera
vez se deben informar los cooperados o comuneros con base en el literal
a) del artículo 631 del Estatuto Tributario.
- Nueva manera
de informar los terceros del exterior. Se deben informar uno a uno,
con tipo de documento específico.
- Nuevos obligados
como agentes retenedores, responsables de iva, a tener el mecanismo
digital para poder transmitir los archivos por vía electrónica
o virtual, con firma electrónica respaldada con certificación
digital.
- Se amplían los conceptos para informar todas las rentas exentas.
- Se debe hacer
una mayor discriminación de los ingresos brutos recibidos durante
el año gravable 2008.
- Se armonizan
las sanciones por la obligación de informar con la ley 1111
de 2006, calculándose en uvt (unidad de valor tributario) lo
cual implica que aumentan las sanciones por errores técnicos
y por no presentar a tiempo la obligación o por presentarla
incompleta o no corresponder a lo solicitado.
- Se acortan y
se unifican los plazos para la presentación de la información,
empezando el 24 de Marzo de 2009 para todos los obligados.
- Y muchas novedades más.
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DIRIGIDO
A |
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Directores
y ejecutivos de las áreas de: Impuestos, Contabilidad, Informática
y Sistemas, Revisoría Fiscal, Contraloría, Auditoria,
Asesores Tributarios y en general a todos los profesionales que participan
en las compañías en el proceso de preparación de
la información exógena que se debe transmitir o presentar
a la DIAN.
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ANDRÉS
HERNÁNDEZ JIMÉNEZ
El experto de mayor reconocimiento nacional en este tema. Por varios
años, Jefe de Información Exógena en Medios Magnéticos
y Electrónicos de la DIAN. Autor del libro “La Información
en Medios Magnéticos y Electrónicos para la DIAN”
en sus ediciones 2002, al 2008. Coautor de la mayoría de las
resoluciones sobre este tema expedidas por la DIAN durante varios
años. Experto en cruces de información para fiscalización
tributaria de grandes contribuyentes. Abogado de la Universidad Libre
de Colombia, Economista de la Universidad Central, con Especialización
en Derecho Tributario de la Universidad de los Andes y Magíster
en Auditoria de Sistemas de la Universidad Santo Tomás. Conciliador
en Derecho. Especialista en Tributación de la Escuela Nacional
de Impuestos y Aduanas Nacionales. Diplomado en Fundamentos Básicos
de Fiscalización, Convenio DIAN-GTZ de Alemania. Experiencia
de veintidós años en la DIAN. Profesor universitario
y conferencista en diversos foros y congresos nacionales e internacionales
sobre temas tributarios. El doctor Andrés Hernández
Jiménez, ha sido conferencista de PRÁCTICA durante varios
años en los cuales ha capacitado en el tema de Medios Magnéticos
y Electrónicos para la DIAN a más de 25.000 ejecutivos
en todo el país, convirtiéndose así en el experto
que de manera más extensa ha divulgado esta materia a nivel
nacional. Su seminario ha sido calificado como excelente por los Directores
de Impuestos, Contabilidad e Informática de las principales
compañías de Colombia. Actualmente es asesor y consultor
jurídico tributario privado.
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| CONTENIDO |
1. Fundamentos legales para los obligados a informar.
2. La Información por el año gravable 2008: Quienes
están obligados. Información solicitada. Vencimientos.
3. Nuevos conceptos y nuevas versiones de los formatos. Especificaciones
técnicas del medio magnético o electrónico en
archivos XML: encabezados, contenidos, diseños y tipos de registros,
longitud, medios de almacenamiento y entrega virtual o presencial.
4. Nueva forma de informar los terceros del exterior con quienes se
hacen transacciones económicas.
5. Nueva manera de informar el valor patrimonial de los socios y accionistas
y los valores de participaciones y dividendos, del literal a) del
artículo 631 del Estatuto Tributario.
6. Nuevo reporte del valor de los derechos sociales de los cooperados
y comuneros de las cooperativas.
7. Cómo reportar el IVA descontable del régimen común,
del régimen simplificado, del no residente; el IVA generado;
el IVA retenido con el régimen común y con el régimen
simplificado.
8. Cómo informar los pagos o abonos en cuenta a terceros, ingresos,
pasivos, créditos activos, patrimonio, descuentos tributarios,
rentas exentas, deducciones especiales, para nuevos obligados a transmitir
datos del artículo 631 del E.T..
9. Manejo del Portal de Internet de la DIAN para la presentación
de la información por envío de archivos, la consulta
de archivos presentados, los reemplazos parciales y totales, el procedimiento
de validación de la Información en el MUISCA.
10. Precisiones sobre la reglamentación para diversos sectores
específicos: comercializadoras internacionales, frigoríficos,
mataderos, centrales de sacrificio, entidades financieras, cooperativas,
carteras colectivas, entidades estatales, cámaras de comercio,
Bolsa de Valores, comisionistas de bolsa, notarías, tipografías,
litografías, Registraduría Nacional del Estado Civil,
grupos económicos y/o empresariales, entidades que celebren
convenios de cooperación.
11. Información a reportar del Régimen Tributario Especial.
12. Cruces de información que realiza la Administración
Tributaria.
13. El Régimen Sancionatorio: Sanción máxima
expresada en UVT ajustada a la Ley 1111 de 2006. Sanción por
evasión pasiva. Término para proferir pliegos de cargos.
Alcances, precisiones y procedimientos.
14. CASOS PRÁCTICOS: Conversión de hojas electrónicas
de excel en archivos XML utilizando el Prevalidador Tributario. Errores
más usuales en la información en medios magnéticos
y electrónicos y cómo evitarlos. Simulación de
casos para la correcta preparación y presentación de
la información exógena tributaria para la DIAN, por
el año gravable 2008.
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INFORMACION
GENERAL |
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LUGARES Y FECHAS:
Pereira: Noviembre 19
Hotel Castilla Real, Salón Asturias. Calle 15 No. 12B-15
Bucaramanga: Noviembre 20
Hotel Internacional La Triada, Salón Flamingo. Carrera 20 No.
34-22
Cali:
Diciembre 3
Club Campestre de Cali, Salón El Lago. Calle 5 frente a Unicentro
Medellín: Diciembre 4
Hotel Poblado Plaza, Salón Plaza Mayor. Carrera 43A No. 4 sur-75
Bogotá: Diciembre 11
Centro de Convenciones Cafam Floresta, Salón Los Sauces. Avenida
Cra. 68 No. 90-88
Cartagena: Diciembre 15 de 2008.
Hotel Almirante Estelar, Salón San Sebastián del Pastelillo.
Bocagrande, Ave. San Martín Calle 6a. Esquina
HORARIO:
De 8:00 a.m. a 6:00 p.m. (Incluye refrigerios, almuerzo, memorias y
certificado de asistencia). |
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Toda inscripción deberá ser pagada en forma anticipada
a nombre de PRACTICA, Nit. 805.011.877-1 y consignada en alguna de las
siguientes cuentas corrientes del Banco de Bogotá, dependiendo
de la ciudad a la cual usted vaya a asistir:
-
Si va asistir a Bogotá o a Bucaramanga debe consignar en la cuenta
corriente No. 009-09660-3
- Si va asistir a Cali o a Pereira debe consignar en la cuenta corriente
No. 484-19786-8
- Si va asistir a Medellín debe consignar en la cuenta corriente
No. 433-04016-9
- Si va asistir a Barranquilla debe consignar en la cuenta corriente
No. 087-34334-9
Para
formalizar la inscripción se deberá hacer el registro
telefónicamente y enviar la consignación por ambas caras
a los fax: (1) 6348951 de Bogotá, (2) 3152471 de Cali, (4) 3521340
de Medellín o al (5) 3604443 de Barranquilla, indicando los nombres
de las personas inscritas.
SOMOS
GRANDES CONTRIBUYENTES
(Resolución DIAN 10520 Diciembre 18 de 2.003)
LA
CONSIGNACION ORIGINAL DEBERA ENTREGARSE A LA ENTRADA DEL SEMINARIO |
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PRÁCTICA
BOGOTA
Calle 100
No. 19A-50 Oficina 1003
Teléfonos (1) 6348951 - 6348952 Fax 6348951
PRÁCTICA
CALI
Holguines Trade Center, Torre Valle del Lili, oficinas 713 y 714
Teléfonos (2) 3152471/73 - 3151142/45 Fax 3152471
PRÁCTICA
MEDELLIN
Carrera 43A No. 14-109 Oficina 105
Teléfonos (4) 3521340 - 3121008/09 Fax 3521340
PRÁCTICA
BARRANQUILLA
Carrera 44 No. 72-11 Oficina 2
Teléfonos (5) 3604443 - 3604104 Fax 3604443
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NOTA:
Quienes vayan a asistir al seminario a realizarse en la ciudad de PEREIRA
deberán inscribirse en los teléfonos de PRÁCTICA
CALI, quienes vayan a asistir al seminario de BUCARAMANGA
deberán inscribirse en los teléfonos de PRÁCTICA
BOGOTÁ y quienes vayan a asistir al seminario de CARTAGENA
deberán inscribirse en los teléfonos de PRÁCTICA
BARRANQUILLA. |
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CON EL AUSPICIO
DE:
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de seminarios en diversas ciudades de Colombia |
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DE INSCRIPCION |
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