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Recientemente se han producido importantes novedades en relación
con el Régimen Cambiario que rige las Operaciones de Comercio
Exterior. El presente seminario taller le ofrece a la comunidad empresarial
de Colombia una excepcional oportunidad para actualizar sus conocimientos
en esta disciplina y evitar así incurrir en los riesgos de sanciones,
que surgen por el desconocimiento y la no aplicación de la normatividad
vigente.
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¡IMPORTANTE!
En
este seminario se analizarán las nuevas y trascendentales disposiciones
ordenadas por las Resoluciones Externas 7 y 10 de 2008 de la Junta Directiva
del Banco de la República y las Circulares reglamentarias Externa
DCIN 83 de septiembre 19, octubre 1 y octubre 10 de 2008 del Banco de
la República, las cuales introducen trascendentales y profundas
modificaciones al Régimen Cambiario aplicable a las Zonas Francas
y a las operaciones de importación y exportación de bienes,
entre las cuales merecen destacarse las siguientes:
•
Los usuarios instalados en las zonas francas están obligados
a canalizar los pagos de sus compras o ventas de mercancías celebradas
con no residentes en el país, utilizando las Declaraciones de
Cambio - Formularios 1 y 2.
•
Las personas no calificadas como usuarios de zonas francas, así
como los usuarios instalados en zonas francas se encuentran obligados
a informar al Banco de la República la operación de endeudamiento
externo en los términos señalados por esta novedosa normatividad.
•
Las operaciones que celebren los usuarios instalados en zonas francas
con residentes en el país se han calificado como operaciones
internas, con las consecuencias legales que dicha calificación
acarrea para las partes contratantes.
Estos cambios afectan profundamente la operación de los usuarios
instalados en zona franca, así como la operación de los
clientes residentes en el Territorio Aduanero Nacional que no están
calificados como usuarios de zona franca pero mantienen negocios con
usuarios de zona franca o ingresan o sacan mercancías de una
zona franca. |
| TEMAS
CLAVES QUE SE AMPLIARÁN EN ESTE SEMINARIO
- Ultimas modificaciones
a la Resolución Externa 8 de 2000 del Banco de la República
- Ultimas modificaciones al Manual de Cambios Internacionales - Circular
Reglamentaria DCIN 83 del Banco de la República
- Ultimas modificaciones de la Circular Externa DFV 113 del 10 de octubre
de 2008 del Banco de la República
- Importaciones de Bienes frente al endeudamiento externo
- Exportaciones de Bienes frente al endeudamiento externo
- Compras y ventas de mercancías a través de zonas francas
frente al endeudamiento externo y el régimen cambiario general
aplicable a estas operaciones
- Régimen aplicable a las empresas que negocian con empresas
constituidas en Zonas Franca
- Régimen de transición normativa entre las regulaciones
que empezaron su vigencia el pasado 19 de septiembre de 2008 y el régimen
cambiario vigente con anterioridad a esta fecha. |
DIRIGIDO
A |
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Directores de Comercio Exterior u Operaciones Internacionales, Directores
Jurídicos y Financieros, Tesoreros, Asesores Legales y demás
directivos y ejecutivos de empresas con operaciones de importación
y/o exportación, de bancos y entidades financieras, empresas
ubicadas en zonas francas, casas de cambio, sociedades de intermediación
aduanera, sociedades comisionistas de bolsa, firmas de consultoría,
y en general, organizaciones que realicen operaciones controladas o
reguladas por el Régimen Cambiario..
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FERNANDO ALBERTO
PÁEZ MARTÍNEZ
Abogado de la Universidad del Rosario. Se ha desempeñado como
Asesor en materia cambiaria del Despacho del Subdirector General de
la DIAN, Asesor del Despacho de la Subdirección de Control
Cambiario, Jefe de la División de Investigaciones Especiales
de la Subdirección de Control Cambiario. Actualmente se desempeña
como Jefe de la División de Programas de Fiscalización
Cambiaria de la Subdirección de Control Cambiario de la DIAN.
Corredactor de las Resoluciones DIAN 09147, 09148 y 09149 del 2006
mediante las cuales se reglamentó la nueva manera de presentar
la información de las operaciones de cambio a esta entidad
de control dentro de los parámetros del Modelo Único
de Ingresos, Servicios y Control Automatizado “MUISCA”.
Participó en la redacción de los Decretos Ley 1092 de
1996 y 1074 de 1999, por medio de los cuales se estableció
el actual Procedimiento Administrativo Cambiario y el Régimen
Sancionatorio aplicable a las infracciones cambiarias vigiladas por
la DIAN. Redactor de la Cartilla: “Régimen Cambiario
Aplicable a las Operaciones de Comercio Exterior” editada por
la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN, 2007.
Participó directamente en todo el proceso de estructuración
y puesta en marcha de la nueva plataforma informática para
el nuevo reporte cambiario..
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| CONTENIDO |
1. Importaciones de bienes
- Pagos anticipados de importaciones de bienes
- Importaciones de bienes financiadas
- Pagos en divisas y pesos colombianos
- Pagos a través de cuentas de compensación
- Presunción de infracción cambiaria por infracciones
aduaneras sancionadas
- Sanciones aplicables
2. Exportaciones
de bienes
- Pagos anticipados de exportaciones
- Financiación activa de exportaciones de bienes
- Financiación pasiva de exportaciones de bienes
- Pagos en divisas y pesos colombianos
- Reintegros a través de cuentas de compensación
- Venta de instrumentos de pago
- Sanciones aplicables
3.Régimen
cambiario de las operaciones de comercio exterior y de servicios aplicado
en las zonas francas
- Régimen cambiario aplicable a los usuarios asentados en una
zona franca.
- Operaciones de endeudamiento externo generadas por la compra o la
venta de mercancías por parte de usuarios instalados en zonas
francas
- Operaciones de endeudamiento externo generadas por la compra o la
venta de mercancías celebrada a través de una zona franca
por parte de residentes en el país no calificados como usuarios
- Régimen aplicable a los residentes en el territorio aduanero
nacional que transan bienes y servicios con usuarios de zonas francas.
- Conceptos pertinentes de la Junta Directiva del Banco de la República
- Modalidades de infracción y cambiaria y régimen sancionatorio
aplicable en cada caso.
4. Cuentas corrientes de compensación
- Obligaciones especiales de las cuentas de compensación
- Reportes a entidades gubernamentales
- Régimen sancionatorio aplicable
5. Doctrina
Cambiaria
- Doctrina de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Doctrina del Banco de la República
6. Procedimiento
sancionatorio de la DIAN
- Procedimiento administrativo cambiario adelantado por la DIAN
- Etapas del procedimiento
- Mecanismos de defensa
- Disminución de sanciones
7. Diligenciamiento
de declaraciones de cambio
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INFORMACION
GENERAL |
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LUGARES Y FECHAS:
Bogotá: Noviembre 19
Hotel Bogotá Plaza. Salón La Carolina. Calle 100 No. 18A
- 30
Barranquilla: Noviembre 20
Hotel Puerta del Sol. Salón Tabriz. Calle 75 No. 41D - 79
Cali: Noviembre 24
Club Campestre de Cali. Salón El Lago. Calle 5 frente a Unicentro
Medellín: Noviembre 25 de 2008
Hotel Poblado Plaza. Salón Andino. Carrera 43A No. 4 Sur - 75
HORARIO:
De 8:00 a.m. a 6:00 p.m. (Incluye refrigerios, almuerzo, memorias y
certificado de asistencia). |
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Toda inscripción deberá ser pagada en forma anticipada
a nombre de PRACTICA, Nit. 805.011.877-1 y consignada en alguna de las
siguientes cuentas corrientes del Banco de Bogotá, dependiendo
de la ciudad a la cual usted vaya a asistir:
-
Si va asistir a Bogotá debe consignar en la cuenta corriente
No. 009-09660-3
- Si va asistir a Cali debe consignar en la cuenta corriente No. 484-19786-8
- Si va asistir a Medellín debe consignar en la cuenta corriente
No. 433-04016-9
- Si va asistir a Barranquilla debe consignar en la cuenta corriente
No. 087-34334-9
Para
formalizar la inscripción se deberá hacer el registro
telefónicamente y enviar la consignación por ambas caras
a los fax: (1) 6348951 de Bogotá, (2) 3152471 de Cali, (4) 3521340
de Medellín o al (5) 3604443 de Barranquilla, indicando los nombres
de las personas inscritas.
SOMOS
GRANDES CONTRIBUYENTES
(Resolución DIAN 10520 Diciembre 18 de 2.003)
LA
CONSIGNACION ORIGINAL DEBERA ENTREGARSE A LA ENTRADA DEL SEMINARIO |
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PRÁCTICA
BOGOTA
Calle 100
No. 19A-50 Oficina 1003
Teléfonos (1) 6348951 - 6348952 Fax 6348951
PRÁCTICA
CALI
Holguines Trade Center, Torre Valle del Lili, oficinas 713 y 714
Teléfonos (2) 3152471/73 - 3151142/45 Fax 3152471
PRÁCTICA
MEDELLIN
Carrera 43A No. 14-109 Oficina 105
Teléfonos (4) 3521340 - 3121008/09 Fax 3521340
PRÁCTICA
BARRANQUILLA
Carrera 44 No. 72-11 Oficina 2
Teléfonos (5) 3604443 - 3604104 Fax 3604443
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CON EL AUSPICIO
DE:
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| FICHA
DE INSCRIPCION |
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